jueves, 3 de abril de 2014

Licencias de obra en Vélez-Málaga (III)

La licencia de obras en Vélez-Málaga (III)

Licencias de obra nueva, ampliación y reforma. Protección arqueológica. Edificios fuera de ordenación.


Además de la documentación exigida con carácter general, los proyectos técnicos que deben acompañar a la solicitud de Licencias de obra nueva deben contener la siguiente:
  • memoria-resumen de los datos básicos del proyecto, describiendo los usos previstos y los admitidos por el PGOU de Vélez-Málaga
  • plano de situación del inmueble a construir
  • planos de plantas dedicadas a locales comerciales, oficinas y aparcamientos.

Licencias de obras de reforma o ampliación

Cuando las obras sean de ampliación o de reforma y afecten a la estructura del edificio, el proyecto técnico necesario para solicitar la Licencia de obras deberá incluir, además de los documentos exigidos con carácter general, documentación específica sobre estudios de las cargas existentes y las resultantes, con descripción de los apuntalamientos que hayan de efectuarse para la ejecución de las obras.

Licencias en zonas con protección arqueológica

En las zonas sometidas a protección arqueológica, las licencias de obras pueden quedar condicionadas a la realización de trabajos de investigación de la riqueza arqueológica del subsuelo, así como de extracción de elementos u objetos que merezcan conservación. La investigación arqueológica puede venir impuesta por el Plan General de Vélez-Málaga o por el Plan Especial de Protección y Reforma del Centro Histórico.

La Licencia de obras en edificios fuera de ordenación

Las únicas Licencias de obras que pueden obtenerse en edificios calificados como fuera de ordenación son las destinadas a autorizar las siguientes actuaciones:
  • obras de conservación y mantenimiento
  • obras exteriores de reforma menor
  • obras dirigidas a eliminar las causas determinantes de la situación de fuera de ordenación, si es que ésta es subsanable
  • obras parciales de reparación o consolidación, siempre que no esté prevista la expropiación del inmueble ni su demolición, y tampoco la erradicación del uso, antes de que pasen 15 años
  • en casos en que esté prevista la expropiación, la demolición o la erradicación del uso antes de 15 años se permitirá la ejecución de obras parciales de consolidación o reparación si el propietario renuncia expresamente al aumento de valor de la expropiación y asume el compromiso de demoler  la obra en el momento en que lo acuerde el Ayuntamiento de Vélez-Málaga, sin derecho a indemnización.
PROYECTO Y DIRECCION DE OBRAS EN VELEZ-MALAGA



Daniel Trujillano, arquitecto

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