lunes, 9 de septiembre de 2024

SAFO en Andalucía (V)

Situación Asimilada a Fuera de Ordenación en Andalucía (V)

Documentación técnica. Condiciones de seguridad y salubridad.

Cuando se solicita reconocimiento de SAFO, se debe presentar un documento que debe estar suscrito por un técnico competente y que debe tener el contenido siguiente:

  1. Identificación catastral y registral del inmueble a reconocer. Si no hay datos, se debe indicar la localización sobre cartografía oficial georreferenciada.
  2. Clase y categoría del suelo sobre el que se emplaza la edificación, según el planeamiento vigente. Si procede, se indicará el régimen aplicable conforme al instrumento de ordenación que estuviera vigente cuando las obras se completaron.
  3. Identificación de los riesgos asociados al emplazamiento.
  4. Características del inmueble, indicando su superficie construida, su altura en número de plantas, su tipología edificatoria, las características constructivas básicas y el uso.
  5. Fecha de terminación, debidamente acreditada mediante medios de prueba válidos en Derecho.
  6. Certificado del cumplimiento de las condiciones mínimas exigibles de seguridad y salubridad, garantes de la habitabilidad y de la aptitud para el uso.
  7. Si la edificación se emplaza en una parcelación urbanística, se debe describir la parcela, mediante certificación municipal, certificado técnico, acta notarial o certificación catastral.
  8. Identificación de procedimientos penales, sancionadores y de protección de la legalidad que afecten al inmueble a reconocer. Si no se tiene constancia de ninguno, se debe presentar una declaración responsable que manifieste que el titular no tiene conocimiento de su existencia.
Reglamento de la LISTA


Condiciones de seguridad y salubridad

Si no hay normativa municipal que defina las condiciones de seguridad y salubridad, se aplicará las siguientes:

  1. La edificación no puede tener lesiones estructurales que supongan un riesgo para sus usuarios o para terceras personas, o que puedan afectar a predios colindantes.
  2. La edificación no puede tener lesiones relacionadas con la presencia de humedades capaces de afectar a la salud de los usuarios.
  3. La edificación debe tener abastecimiento de agua y suministro eléctrico, y las instalaciones correspondientes deben posibilitar las dotaciones mínimas exigibles y ajustarse a la normativa aplicable. La aptitud de las aguas para el consumo humano debe quedar garantizada, sea cual sea su procedencia.
  4. La edificación debe contar con un sistema funcional de evacuación de aguas residuales, dotado de un sistema de depuración capaz de impedir la contaminación del terreno y de las aguas subterráneas o superficiales. Si la instalación de saneamiento es autosuficiente, el sistema debe estar homologado y su mantenimiento debe haber sido formalizado mediante contrato.

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