lunes, 9 de septiembre de 2024

SAFO en Andalucía (III)

Reglamento de la LISTA


Situación Asimilada a Fuera de Ordenación en Andalucía (III)

Utilización y actividad. SAFO y Registro. Obras permitidas. Contratación de servicios. Legalización.

El reconocimiento de SAFO requiere que la edificación reúna las condiciones mínimas de seguridad y salubridad que son necesarias para su utilización. Eso no significa que un edificio reconocido cumpla también, de manera automática, las condiciones necesarias para desarrollar en él ninguna actividad. Si la actividad a desarrollar requiere autorización, se tendrá que tramitar y obtener de manera independiente.

SAFO y Registro

Cuando se obtiene la Declaración de SAFO, el registrador de la propiedad debe insertar una nota marginal en el folio correspondiente a la finca declarada.

Obras permitidas y obras prohibidas

En las edificaciones en situación asimilada a fuera de ordenación no se permite la ejecución de ninguna actuación que agrave el incumplimiento de la normativa territorial o urbanística. No se permite la ejecución de obras que aumenten la ocupación ni el volumen edificado, así que los proyectos de ampliación están expresamente prohibidos, salvo que vengan motivados por la ejecución de elementos auxiliares exigidos por alguna normativa sectorial aplicable. Los edificios declarados en SAFO sólo pueden obtener licencia para las intervenciones siguientes:

  • cambios de uso compatibles con la ordenación territorial y urbanística
  • obras de conservación y consolidación
  • obras de reforma.

Contratación de servicios urbanos en SAFO

La resolución administrativa relativa a la declaración de SAFO tiene el mismo efecto que la licencia de ocupación o utilización, a los efectos de la contratación definitiva de los servicios prestados por las empresas suministradoras de electricidad, agua potable, gas y telecomunicaciones. Por lo tanto, es suficiente para que los contratos puedan formalizarse.

Legalización y SAFO

Si una edificación irregular es incompatible con la ordenación urbanística vigente, no se podrá obtener su legalización. No obstante, si se demuestra que las obras se completaron antes del comienzo del plazo para restablecer la legalidad territorial y urbanística (artículo 153 de la Ley 7/2021), el Ayuntamiento podrá declarar la caducidad de la acción y permitir la tramitación de un procedimiento para reconocimiento de SAFO. La declaración del transcurso del plazo puede realizarse a solicitud del interesado.

Arquitecto Daniel Trujillano

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