lunes, 11 de enero de 2021

Modificación de la ordenanza de licencias para actuaciones comunicadas en Marbella (I)

Captura de la web del Ayuntamiento de Marbella
 

Modificación de la ordenanza de actuaciones comunicadas en Marbella (I)

Obras sujetas a actuación comunicada


El pasado día 1 de diciembre de 2018 entró en vigor la Modificación de la ordenanza reguladora de otorgamiento de licencias de obras para actuaciones comunicadas en determinadas obras y de declaración responsable o comunicación previa para las obras de adaptación de locales comerciales. Los cambios fundamentales que introduce la modificación son:

  • el presupuesto de ejecución material de las actuaciones exentas puede llegar ahora hasta los 10.000 euros
  • el presupuesto de ejecución de las obras tramitables como actuaciones comunicadas puede llegar ahora hasta los 100.000 euros.

Además de estos cambios se introducen otras modificaciones, destinadas principalmente a adaptar el texto de la ordenanza a la normativa actual.

Obras sujetas al procedimiento de actuación comunicada

Tras la modificación, el procedimiento de actuación comunicada se reserva para intervenciones que reúnen los requisitos siguientes:

  • su incidencia en el entorno urbanístico es menor
  • el presupuesto de ejecución material de las obras no supera los 100.000 euros (límite actualizable en base a las variaciones del índice oficial de coste del sector de la construcción).

Quedan excluidas expresamente del procedimiento de actuación comunicada las intervenciones en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  • afectan a propiedades de titularidad pública o municipal
  • afectan a equipamientos públicos
  • ocupan la vía pública
  • afectan a inmuebles protegidos
  • afectan a inmuebles ubicados en la zona de ordenanzas C-1
  • afectan a inmuebles a los que se ha impuesto medidas cautelares
  • afectan a inmuebles a los que se ha impuesto órdenes de restablecimiento de la realidad física alterada y no están relacionadas con dicho restablecimiento
  • afectan a inmuebles declarados en situación de asimilado a fuera de ordenación
  • amplían la superficie construida del inmueble
  • incluyen movimiento de tierras
  • constituyen instalaciones publicitarias
  • incluyen tala, trasplante o reducción de copa de árboles.

Tras la modificación, la ordenanza incluye expresamente en el ámbito de aplicación de las actuaciones comunicadas a las intervenciones siguientes:

  • obras de reforma o reparación que no precisan intervención facultativa, por no afectar a la estructura ni a la cimentación, y por no implicar la ejecución de trabajos a más de dos metros de altura
  • obras que precisan la intervención de un facultativo, por afectar a la estructura, a la cimentación o por implicar la ejecución de trabajos a más de dos metros de altura
  • obras de demolición de hasta 500 m2 c., a no ser que afecten a inmuebles protegidos (requieren la intervención de un facultativo)
  • intervenciones sobre el arbolado o la vegetación, siempre que no impliquen tala, trasplante ni reducción de copa.


Daniel Trujillano, arquitecto

http://www.arquitectotrujillano.com/lang1/marbella/obra-menor.html

Documentación técnica para intervenciones de obra menor en Marbella

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