domingo, 8 de septiembre de 2024

SAFO en Andalucía (II)

 

Registro de explotaciones agrarias en Andalucía

Situación Asimilada a Fuera de Ordenación en Andalucía (II)

Servicios básicos y obras. Legalización y parcelación en SAFO.

Si un edificio que ha obtenido reconocimiento de SAFO no tiene acceso a los servicios básicos de saneamiento, abastecimiento de agua, suministro de electricidad o suministro de gas, o tiene alguno de esos accesos pero lo ha obtenido sin contar con las autorizaciones preceptivas, se puede solicitar la conexión o autorización que le falte siempre que no se requiera la ejecución de más obras que las necesarias para acceder a las redes existentes. Para obtener la autorización, las compañías suministradoras de los servicios deben acreditar la viabilidad de la conexión, garantizando el cumplimiento de la normativa sectorial que corresponda. Si a un inmueble le corresponde reconocimiento de SAFO, las empresas suministradoras de electricidad, agua potable, gas y telecomunicaciones deben exigir, para la contratación definitiva de sus servicios, la resolución administrativa referente a la Declaración de la situación. Hasta que se produce la resolución, las edificaciones irregulares no pueden acceder a los servicios básicos, y las únicas obras que se puede ejecutar en ellas son las ordenadas por el Ayuntamiento, que vendrán siempre motivadas por la salvaguarda de las condiciones de seguridad y salubridad.

SAFO y legalización

El reconocimiento de SAFO no implica la legalización de la edificación, y no tiene efecto sobre los procedimientos de restablecimiento del orden jurídico incoados.

SAFO y parcelación

Si la intervención irregular de edificación estuvo asociada a una intervención de parcelación, la Declaración de SAFO afectará tanto al edificio como a su parcela. Si la parcela registral o la parcela catastral contienen más de un edificio, la parcela de la edificación reconocida quedará definida por los linderos existentes, los cuales deben quedar identificados en la declaración. El reconocimiento de SAFO afecta también a parcelas con título declarado nulo, aunque no afectará a las resoluciones judiciales que procedan en cada caso. Si el suelo es rústico, la Declaración de SAFO tiene la misma eficacia que la Licencia urbanística exigida para porciones segregadas de fincas rústicas que se destinan a fines industriales o a otros no agrarios (artículo 25 de la Ley 19/1995), y queda sujeta a la caducidad prevista para las licencias de segregación.




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