lunes, 21 de agosto de 2017

Actuación comunicada en Marbella (III)

Actuaciones comunicadas en Marbella (III)

Documentación necesaria. Procedimiento.


La documentación para Actuación comunicada debe contener, como mínimo:
  • comprobantes del pago de la tasa municipal y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
  • descripción de las obras a realizar
  • medición y presupuesto desglosado de las unidades de obra
  • si no se dispone de referencia catastral, se aportará plano de situación de la parcela
  • si se requiere la instalación de andamios, guindolas, grúas o similares, o bien el uso de técnicas alpinas, se aportará proyecto técnico que contenga Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de seguridad y Salud, según proceda.

Si la intervención consiste en el acondicionamiento o reforma de un local abierto al público, la documentación necesaria incluirá el impreso de Estadística de construcción de edificios (Mod. C.E.-1). Además se requerirá documentación adicional que dependerá de las circunstancias que concurran:
  • si la actividad prevista está sujeta al trámite de calificación ambiental, la solicitud de licencia de obras deberá presentarse acompañada de la correspondiente licencia de instalación, ya otorgada
  • si la actividad no está sujeta al trámite de calificación ambiental, pero está obligada a la obtención de licencia municipal de apertura, la solicitud de licencia de obras deberá presentarse acompañada de copia de todos los informes favorables implicados en el trámite de obtención de la licencia de instalación.

Por último, si la intervención consiste en el desmoche, poda o mantenimiento de árboles o palmeras, o en la reducción de su copa, o bien en el desbroce de parcelas, la solicitud de licencia deberá presentarse acompañada de un reportaje fotográfico a color, descriptivo del estado actual.

Procedimiento

Toda Actuación comunicada estará sometida a intervención administrativa. La licencia se concederá de forma tácita si llegan a transcurrir 15 días hábiles contados desde el siguiente día hábil a aquel en que se haya presentado la documentación necesaria y durante ese tiempo el Ayuntamiento de Marbella no requiere documentación adicional y tampoco comunica su resolución denegatoria. En el caso de que el Ayuntamiento se pronuncie para requerir la subsanación de deficiencias técnicas, el plazo de 15 días pasará a contabilizarse desde el siguiente día hábil a aquel en que se formalice la subsanación.

viernes, 18 de agosto de 2017

Actuación comunicada en Marbella (II)

Actuación comunicada en Marbella
Captura del sitio web del Ayuntamiento de Marbella


Actuaciones comunicadas en Marbella (II)

Listado de obras que pueden tramitarse mediante Actuación comunicada


Entre las obras que pueden tramitarse mediante el procedimiento de Actuación comunicada en Marbella, algunas pueden requerir la intervención de un facultativo y la presentación de un proyecto técnico.

Obras que no precisan facultativo

Entre las obras que pueden tramitarse por el procedimiento de Actuación comunicada, las que no requieren facultativo ni proyecto técnico son las siguientes:
  • enfoscado de fachadas
  • apertura de huecos en tabiques
  • reparación o sustitución de puertas y/o ventanas, sin ampliar el hueco
  • renovación de pintura
  • desatoro de la instalación de evacuación de un edificio
  • reparación de tejados, sin cambios en la viguería
  • reparación de solerías en azoteas
  • reparación de balcones, bajantes, rejas y/o marcos
  • obras de sustitución en instalaciones de agua o electricidad
  • reparación, mantenimiento o nueva instalación de telecomunicaciones, siempre que la ejecución no requiera proyecto técnico
  • otras reparaciones en edificios, que no afecten a elementos de la estructura ni de la cimentación
  • poda de mantenimiento en árboles o palmeras, sin reducción de copa ni desmoche
  • poda de ramas que afecten a edificios
  • poda escultórica de árboles, siempre que no suponga la eliminación de más de un tercio de la masa de la copa
  • desbroce de parcelas sin eliminación de árboles.

Obras que precisan de la intervención de un facultativo

Entre las obras que pueden tramitarse por el procedimiento de Actuación comunicada, las siguientes requieren la intervención de un solo facultativo y, en los casos de adaptación total de local comercial, la presentación de un proyecto técnico:
  • reparación o sustitución de solerías, alicatados o similares
  • apertura de huecos en muros
  • ensanchamiento de huecos en muros
  • reparación de azoteas y tejados con cambio de viguería
  • construcción de pozos
  • construcción de escaleras interiores
  • reparación de grietas
  • ejecución de apuntalamientos
  • cambios de distribución que no afecten al uso de las distintas dependencias del edificio
  • nueva instalación de telecomunicaciones, siempre que no requiera la intervención de más de un facultativo
  • otras obras de reparación análogas a las anteriores.

jueves, 17 de agosto de 2017

Actuación comunicada en Marbella (I)

Actuaciones comunicadas en Marbella
Captura del sitio web del Ayuntamiento de Marbella

Actuaciones comunicadas en Marbella (I)

Modificación de la Ordenanza reguladora


En Diciembre de 2014 entró en vigor la Modificación de la Ordenanza reguladora del otorgamiento de Licencias de obras para actuaciones comunicadas y de Declaración responsable o Comunicación previa para las obras de adaptación de locales comerciales en Marbella. Dicha Ordenanza tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de Licencia de obras a las actuaciones que, a causa de su menor entidad, sólo requieren su comunicación previa al Ayuntamiento de Marbella.

Antecedentes

La Ordenanza municipal que regula el otorgamiento de Licencias de obras como Actuaciones comunicadas en Marbella fue aprobada y publicada en el año 2013. Desde entonces se ha venido aplicando a las obras destinadas a mantener y conservar las edificaciones residenciales en condiciones de habitabilidad, seguridad y salubridad. La ordenanza ha supuesto un ahorro en trámites y costes administrativos asociados a obras de mantenimiento y conservación de escasa entidad constructiva y reducido coste de ejecución, sin afectar a la distribución interior ni a la estructura de los inmuebles.

Modificación

La modificación que entró en vigor en diciembre de 2014 permite aplicar el procedimiento de Actuación comunicada a las edificaciones de uso comercial, además de las de uso residencial. Además, adapta la ordenanza a los últimos cambios legislativos producidos tras la aprobación de las leyes 12/2012, 14/2013 y 20/2013.

Obras sujetas a Actuación comunicada

El procedimiento para Actuaciones comunicadas se reserva para aquellas obras con menor incidencia en el entorno urbanístico en las que el presupuesto de ejecución material no supera la cantidad resultante de añadir a 60.000,00 euros el incremento anual que corresponda por aplicación del Índice del Coste del Sector de la Construcción publicado por el Instituto Nacional de Estadística, y siempre que no concurra ninguna de las siguientes circunstancias:
  • que las obras afecten al patrimonio protegido, o bien a terrenos o edificios con algún grado de protección
  • que la intervención se desarrolle total o parcialmente en la vía pública o en terrenos de dominio público
  • que la intervención incluya la tala de árboles, o bien su trasplante o la reducción de su copa
  • que las obras afecten a terrenos o edificios municipales o calificados como equipamientos
  • que la intervención incluya instalaciones de telecomunicaciones para las cuales se requiera proyecto técnico
  • que la intervención incluya instalaciones publicitarias en terrenos o edificios
  • que la intervención incluya movimiento de tierras
  • que la intervención suponga la ampliación de una edificación (por ejemplo, los acristalamientos de terrazas)
  • que la intervención incluya obras de demolición
  • que la intervención suponga la modificación general de la distribución interior
  • que la intervención altere la fachada o la cubierta de una edificación ubicada en el centro histórico
  • que se trate de obras de restauración de una edificación ubicada en el centro histórico
  • que se trate de una intervención que requiera proyecto técnico, a excepción de la adaptación total de locales comerciales.