lunes, 21 de agosto de 2017

Actuación comunicada en Marbella (III)

Actuaciones comunicadas en Marbella (III)

Documentación necesaria. Procedimiento.


La documentación para Actuación comunicada debe contener, como mínimo:
  • comprobantes del pago de la tasa municipal y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
  • descripción de las obras a realizar
  • medición y presupuesto desglosado de las unidades de obra
  • si no se dispone de referencia catastral, se aportará plano de situación de la parcela
  • si se requiere la instalación de andamios, guindolas, grúas o similares, o bien el uso de técnicas alpinas, se aportará proyecto técnico que contenga Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de seguridad y Salud, según proceda.

Si la intervención consiste en el acondicionamiento o reforma de un local abierto al público, la documentación necesaria incluirá el impreso de Estadística de construcción de edificios (Mod. C.E.-1). Además se requerirá documentación adicional que dependerá de las circunstancias que concurran:
  • si la actividad prevista está sujeta al trámite de calificación ambiental, la solicitud de licencia de obras deberá presentarse acompañada de la correspondiente licencia de instalación, ya otorgada
  • si la actividad no está sujeta al trámite de calificación ambiental, pero está obligada a la obtención de licencia municipal de apertura, la solicitud de licencia de obras deberá presentarse acompañada de copia de todos los informes favorables implicados en el trámite de obtención de la licencia de instalación.

Por último, si la intervención consiste en el desmoche, poda o mantenimiento de árboles o palmeras, o en la reducción de su copa, o bien en el desbroce de parcelas, la solicitud de licencia deberá presentarse acompañada de un reportaje fotográfico a color, descriptivo del estado actual.

Procedimiento

Toda Actuación comunicada estará sometida a intervención administrativa. La licencia se concederá de forma tácita si llegan a transcurrir 15 días hábiles contados desde el siguiente día hábil a aquel en que se haya presentado la documentación necesaria y durante ese tiempo el Ayuntamiento de Marbella no requiere documentación adicional y tampoco comunica su resolución denegatoria. En el caso de que el Ayuntamiento se pronuncie para requerir la subsanación de deficiencias técnicas, el plazo de 15 días pasará a contabilizarse desde el siguiente día hábil a aquel en que se formalice la subsanación.


Arquitecto Daniel Trujillano

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