miércoles, 20 de marzo de 2013

Licencias de obra en Estepona (V)


La licencia de obras en Estepona (V)

Las obras de restauración de edificios existentes


En Estepona, las obras sobre edificios existentes requieren que se elimine los cables de suministros que existan sobre la fachada, siempre que la actuación afecte de forma integral a ésta. Para ello, el titular de la licencia está obligado a desplazar el cableado a fin de que quede embutido o bien enterrado en la vía pública, realizando las gestiones pertinentes con las compañías suministradoras. Esta obligación es complementaria del deber de dotar a la edificación de las condiciones necesarias de urbanización. Los términos concretos de la obligación deben aparecer en el acuerdo de concesión de licencia. De forma genérica, cada frente de fachada debe contar con un tubo en vacío.

Las obras de restauración

Entre las obras que la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de licencias urbanísticas contempla para su ejecución sobre edificios existentes están las obras de restauración. Dichas obras son las que tienen por objeto la restitución de los valores históricos o arquitectónicos de un edificio catalogado. Las obras deben reproducir con absoluta fidelidad la estructura portante, la estructura arquitectónica, las fachadas exteriores e interiores y los elementos ornamentales. Si una actuación de restauración requiere la adición de materiales o partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento, la intervención debe ser reconocible. Se considera obras de restauración:
  • las obras de consolidación y reparación destinadas a asegurar la estabilidad del edificio
  • las de adaptación de los inmuebles de valor histórico o arquitectónico, a fin de cumplir normativas de obligado cumplimiento
  • las de adecuación de las condiciones de habitabilidad o uso de inmuebles con valor histórico o arquitectónico
  • las de conservación, puesta en valor o recuperación de fachadas de interés arquitectónico
  • las de eliminación de elementos añadidos disconformes con la tipología o los valores arquitectónicos del inmueble
  • las análogas a las ya descritas.
  • Si las obras afectan al subsuelo de un inmueble integrado en una zona con protección arqueológica cautelada, requerirán la autorización previa de la Consejería de cultura, a fin de que se tramite la intervención arqueológica correspondiente.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

No hay comentarios:

Publicar un comentario