La medición de superficies en los edificios (II)
Superficies útiles y construidas en la Orden ECO/805/2003
La Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, incluye criterios concretos tanto para la medición de superficies útiles como para la medición de superficies construidas.
La superficie útil
De acuerdo con la Orden ECO/805/2003, la superficie útil es el resultado de sustraer de la superficie de suelo delimitado por el perímetro definido por la cara interior de los cerramientos externos de un edificio o de un elemento de un edificio, las siguientes superficies:
- la superficie ocupada en planta por cerramientos interiores fijos
- la superficie ocupada por elementos estructurales verticales
- la superficie ocupada por canalizaciones o conductos con sección horizontal superior a los 100 cm2
- la superficie de suelo cuya altura libre sea inferior a 1,5 m.
La superficie de suelo delimitado por el perímetro definido por la cara interior de los cerramientos externos debe incluir la mitad de la superficie de suelo de los espacios exteriores cubiertos de uso privativo (terrazas, balcones, tendederos, porches, muelles de carga, voladizos, etc.), medida sobre la proyección horizontal de su cubierta.
La superficie construida sin partes comunes
De acuerdo con la Orden ECO/805/2003, la superficie construida sin partes comunes es el resultado de sumar a la superficie de suelo delimitado por el perímetro definido por la cara interior de los cerramientos externos de un edificio o de un elemento de un edificio, las siguientes superficies:
- el 100 % de la superficie ocupada por cerramientos de fachada
- el 50 % de la superficie ocupada por cerramientos medianeros, o bien por cerramientos compartidos con otros elementos del mismo edificio.
De nuevo, la superficie de suelo delimitado por el perímetro definido por la cara interior de los cerramientos externos debe incluir la mitad de la superficie de suelo de los espacios exteriores de uso privativo cubiertos, medida sobre la proyección horizontal de su cubierta.
La superficie construida con partes comunes
De acuerdo con la Orden ECO/805/2003, la superficie construida con partes comunes es la que incluye la parte proporcional que corresponda según la cuota en la superficie de los elementos comunes del edificio.
Daniel Trujillano, arquitecto
No hay comentarios:
Publicar un comentario