viernes, 26 de febrero de 2016

Referenciación geográfica en los certificados de antigüedad

Identificación geográfica

Identificación geográfica en los Certificados de antigüedad de edificaciones

La Ley Hipotecaria y la Circular del 3/11/2015 de la D.G.R.N.


El pasado día 1 de noviembre de 2015 entró en vigor la Ley 13/2015, que viene a reformar la Ley Hipotecaria. En el texto reformado se establece que cuando se inscribe en el Registro la construcción de edificaciones de cualquier tipo, la porción de suelo ocupada por la edificación debe quedar identificada mediante sus coordenadas de referenciación geográfica.


Circular del 3/11/2015 de la D.G.R.N.

El pasado día 3 de noviembre de 2015, la Dirección General de los Registros y del Notariado dedicó una Resolución-Circular a la interpretación y aplicación de algunos aspectos regulados en la reforma de la Ley Hipotecaria. En ella se establece que cuando proceda inscribir la relación de coordenadas de referenciación geográfica que definen la porción de suelo ocupada por una edificación, deberá constar inscrita, previa o simultáneamente, la delimitación geográfica y la lista de coordenadas de la finca en que se ubica.

Referenciación geográfica en los Certificados de antigüedad

La reforma de la Ley Hipotecaria hace que resulte conveniente que los Certificados de antigüedad de edificaciones incluyan ahora un apartado de referenciación geográfica que identifique:
  • la finca en que se ubica la edificación que se intenta inscribir en el Registro, a no ser que su delimitación geográfica haya sido ya inscrita previamente
  • la porción de suelo ocupada por la edificación.

Coordenadas georreferenciadas de la parcela catastral

En caso de que se precise la inscripción simultánea de las coordenadas georreferenciadas de la parcela catastral, las mismas pueden obtenerse a partir de una Certificación catastral descriptiva y gráfica, donde figurarán como documento adjunto, o bien pueden descargarse en formato GML desde la Sede Electrónica del Catastro.

Coordenadas georreferenciadas de la porción de suelo ocupada por la edificación

Normalmente, el técnico redactor del Certificado de antigüedad tendrá que identificar la porción o porciones de suelo ocupadas por las edificaciones que se intenta inscribir en el Registro, para lo cual deberá elaborar una representación gráfica georreferenciada alternativa. El contenido y el formato informático que debe contener dicha representación han quedado establecidos mediante resoluciones de la D.G.R.N. y de la Dirección General del Catastro. El formato de los ficheros debe ser GML INSPIRE, y la información debe ser la que incluye el archivo de ejemplo que proporciona el Portal de la Dirección General del Catastro, el cual puede descargarse mediante el siguiente enlace: http://www.catastro.minhap.es/documentos/formatos_intercambio/BU%20ejemplo%20explicativo.zip.
Certificados de antigüedad de edificios



Arquitecto Daniel Trujillano
http://www.arquitectotrujillano.com/informes/antiguedad.html
Certificados de antigüedad de edificaciones y construcciones

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