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martes, 22 de octubre de 2013

Licencias de obra menor en Estepona (V)

La licencia de obra menor en Estepona (V)

Resolución, plazos, control, inspección y final de obra


Tras la presentación de toda la documentación requerida para la solicitud de Licencia de obra menor en procedimiento simplificado, los servicios técnicos y jurídicos municipales la analizarán para comprobar su corrección. Tras el análisis, se deberá proceder de alguna de las siguientes formas:

  • si la documentación aportada está completa y la actuación pretendida se adecua al ordenamiento jurídico y a las condiciones que autorizan la tramitación por procedimiento simplificado, se dará el visto bueno a la solicitud
  • si la documentación aportada es insuficiente o presenta deficiencias subsanables, se requerirá al solicitante para que complete la documentación o subsane las deficiencias dentro del plazo máximo de diez días
  • si se estima que la actuación pretendida no está incluida entre las previstas para ser tramitadas por procedimiento simplificado, o bien que no se ajusta al planeamiento o que supone incumplimientos no sustanciales del planeamiento o de la normativa vigente, se notificará al solicitante de que su solicitud va a pasar a tramitarse siguiendo el procedimiento general.

El plazo máximo para que los servicios técnicos y jurídicos opten por alguna de las tres opciones es de diez días contados desde la fecha de presentación de la documentación. Si transcurre el plazo otorgado para la subsanación de deficiencias y ésta no se realiza, se declarará la caducidad del procedimiento.

Plazos en el procedimiento simplificado para el otorgamiento de licencias de obra menor

Las obras autorizadas mediante el procedimiento simplificado deben comenzar dentro del plazo máximo de dos meses contados desde la fecha de otorgamiento de la Licencia de obra menor, y deben finalizar dentro del plazo máximo de seis meses, contados desde la misma fecha. Si se agota cualquiera de los dos plazos, la licencia caducará, a no ser que el interesado solicite prórroga o aplazamiento, por un plazo que podrá ser, como máximo, de un mes adicional para el comienzo de las obras y de tres meses adicionales para la finalización.

Control e inspección en el procedimiento simplificado

Las obras autorizadas mediante el procedimiento simplificado están sujetas a control e inspección municipal, destinados a comprobar que la ejecución se adecua a los términos de la solicitud y a los de la resolución de la Licencia de obra menor. Los servicios técnicos municipales tienen potestad para formular reparos de legalidad, seguridad o salubridad, los cuales pueden dar lugar, si procede, a la incoación de procedimientos de protección de la legalidad urbanística.

Final de obra en el procedimiento simplificado para licencias de obra menor

El final de las obras debe ser comunicado al Ayuntamiento de Estepona. Si los servicios técnicos municipales otorgan el visto bueno al estado en que ha quedado la vía pública, el Ayuntamiento procederá a la devolución de la fianza depositada.
DOCUMENTACION PARA SOLICITUDES DE LICENCIA DE OBRA MENOR EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto
http://www.arquitectotrujillano.com/lang1/estepona/obra-menor.html 
Documentación técnica para obra menor en Estepona y alrededores

lunes, 21 de octubre de 2013

Licencias de obra menor en Estepona (IV)

La licencia de obra menor en Estepona (IV)

El procedimiento simplificado en solicitudes de Licencia de obra menor


En Estepona, el procedimiento simplificado para la solicitud de licencia de obra menor se inicia mediante la presentación en el Registro general del Ayuntamiento del impreso específico disponible al efecto, acompañado de la documentación que permita describir suficientemente su objeto, la cual deberá definir correctamente los actos proyectados de construcción, edificación, instalación o uso del suelo, del vuelo y del subsuelo. Deben quedar identificados el promotor y todos los técnicos que hayan de intervenir tanto en el proyecto como en la dirección facultativa de las obras. El impreso de solicitud de licencia de obra menor por procedimiento simplificado debe presentarse suscrito por el promotor. Si las obras solicitadas han de ejecutarse sobre propiedad ajena al solicitante, el mismo deberá acreditar la posesión de título legal que le habilite para la actuación. El procedimiento simplificado no puede utilizarse para solicitar la ejecución de obras en las que previamente se haya ordenado la paralización o suspensión cautelar, ni para emplazamientos en los que se haya iniciado cualquier tipo de expediente de disciplina urbanística. Si se trata de una actuación a ejecutar sobre una edificación situada fuera de ordenación, el solicitante deberá renunciar expresamente al posible incremento del valor de expropiación que pudiera producirse como consecuencia de la ejecución de las obras.

Condiciones a cumplir por la obra menor en procedimiento simplificado

La obra menor proyectada deberá cumplir las siguientes condiciones:
  • si las obras afectan a las fachadas, ya sea mediante pintura, reparaciones, recogida de aguas, sustitución de carpintería o cerrajería en huecos existentes, o construcción de zócalos, se deberá respetar y conservar la composición de las mismas, la verticalidad de los huecos y el uso de materiales y colores que establezca el planeamiento vigente o que expresamente proponga el Ayuntamiento
  • será responsabilidad del promotor y del constructor el adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la normativa referente a Seguridad y Salud en obras de construcción
  • todos los escombros generados deben ser tratados conforme a la normativa de gestión de residuos.
DOCUMENTACION PARA LICENCIAS DE OBRA MENOR EN ESTEPONA














viernes, 18 de octubre de 2013

Licencias de obra menor en Estepona (III)

La licencia de obra menor en Estepona (III)

Procedimiento para Licencias de obra menor. Requisitos del procedimiento simplificado.


Las obras que se limitan a actuaciones sobre elementos interiores o secundarios de la construcción y que no requieren de proyecto técnico completo debido a su escasa complejidad técnica y a que no inciden en las condiciones urbanísticas, de uso ni de utilización, requieren la solicitud de una Licencia de obra menor. En Estepona se diferencia dos procedimientos distintos para el otorgamiento de Licencias de obra menor:
  • el procedimiento general
  • el procedimiento simplificado, aplicable para obras de reposición o colocación de revestimientos, para pequeñas redistribuciones interiores, para la reparación de humedades, para la recolocación o sustitución de faldones de teja, para pequeñas reparaciones en tableros de cubiertas, para la impermeabilización de cerramientos verticales u horizontales, para la colocación de puertas, ventanas y rejas en huecos ya existentes, para la construcción, reparación o adaptación de locales húmedos y para la ejecución, reparación y adaptación de instalaciones generales, siempre que la sencillez de la intervención permita prescindir de proyecto técnico, la ejecución se asigne a personal autorizado y se cumpla las exigencias de la empresa suministradora.

Requisitos del procedimiento simplificado en obra menor

Para que las actuaciones de obra menor puedan tramitarse según el procedimiento simplificado que prevé la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de licencias urbanísticas en Estepona, se debe cumplir cada uno de los requisitos siguientes:
  • que las obras se realicen dentro de Suelo Urbano, en alguno de los Núcleos urbanos consolidados o en el Casco urbano, pero fuera de la delimitación del Plan especial de protección y mejora del casco urbano de Estepona
  • que aún encontrándose dentro de la delimitación del Plan especial de protección y mejora del casco, no modifiquen las características estéticas del exterior del inmueble (fachada, cubierta o cerramientos) ni se trate de edificaciones, elementos o bienes incluidos en el Catálogo de bienes protegidos
  • que las obras no afecten a los elementos estructurales o resistentes de la edificación (cimentación o estructura)
  • que no se trate de obras de nueva planta ni de demolición total
  • que no se comprometa la seguridad de las personas ni la integridad de los bienes
  • que la actuación a ejecutar quede perfectamente definida, su emplazamiento identificado según datos catastrales, y que se garantice la correcta ejecución, por medio de la memoria, los planos y demás documentación que se presente
  • que el Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de las obras no exceda los 6.000 euros
  • que las obras proyectadas no tengan como finalidad el establecimiento ni la modificación de una actividad sometida a Licencia de apertura.

Para garantizar la seguridad de las personas y la integridad de los bienes, el Ayuntamiento de Estepona puede exigir certificado suscrito por técnico competente en el que se garantice la correcta ejecución de las obras o instalaciones y la adecuación al uso previsto según la normativa vigente. Si es necesario actualizar los datos catastrales, dicha actualización deberá tramitarse previamente, y se deberá presentar una copia de la solicitud correspondiente junto con la documentación de la solicitud de licencia de obra menor.
DOCUMENTACION PARA OBRA MENOR EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto
http://www.arquitectotrujillano.com/lang1/estepona/obra-menor.html 
Documentación técnica para obra menor en Estepona y alrededores

Licencias de obra en Estepona (XV)

La licencia de obras en Estepona (XV)

Licencia por silencio. Autorización de inicio. Edificios fuera de ordenación o con infracción prescrita. Carteles.


En Estepona, el comienzo de una obra al amparo de licencia obtenida por silencio requiere, en todo caso, una comunicación previa al municipio con al menos diez días de antelación. Además, antes del inicio de las obras de edificación debe levantarse Acta de replanteo suscrita por, al menos, el promotor, la dirección facultativa y el constructor.

Autorización del inicio de obras

En Estepona, la autorización de inicio de obras se obtiene con las siguientes condiciones:
  • no amparará modificaciones al Proyecto básico que no hayan sido declaradas expresamente
  • no supondrá conformidad con las soluciones técnicas adoptadas en el proyecto respecto al cumplimiento de las exigencias básicas de la edificación
  • no alterará el régimen de responsabilidades establecido en la normativa reguladora de la edificación
  • no impedirá la adopción, en su caso, de las medidas pertinentes para la protección de la legalidad urbanística.

Actuaciones permitidas en edificios fuera de ordenación o con infracción prescrita

En Estepona, los edificios, obras e instalaciones afectados por infracciones urbanísticas ya prescritas y los calificados como fuera de ordenación absoluta, por resultar disconformes con el nuevo planeamiento, sólo pueden recibir autorización para la ejecución de:
  • pequeñas reparaciones motivadas por la preservación de la higiene y el ornato
  • las obras necesarias para la conservación del inmueble o para el mantenimiento de las condiciones de seguridad.

En estos inmuebles se puede obtener licencia para la instalación de actividades siempre que:
  • las actividades se correspondan con los usos, clases, categorías y tipos admitidos por el planeamiento vigente
  • las obras para la adecuación de la actividad se correspondan con los tipos de intervenciones autorizados.

Los carteles informativos

En Estepona, toda obra o construcción, ya sea de nueva edificación, de rehabilitación o de acondicionamiento, e independientemente de si la promoción es pública o privada, debe contar con su correspondiente cartel oficial indicativo de la concesión de su licencia urbanística o autorización municipal. El cartel puede colocarse a pie de calle, en planta baja o en planta primera, pero siempre de manera que resulte perfectamente visible y legible desde la vía pública. El cartel de obra debe colocarse previamente al comienzo de las obras, y debe permanecer expuesto y en buen estado de conservación durante todo el desarrollo de los trabajos. Si la promoción se refiere a varios edificios, deberá haber un cartel en cada uno de ellos, o bien uno solo en la valla que sirva de recinto a toda la promoción. El formato de cada cartel debe corresponderse con alguno de los siguientes modelos:
  • modelo 1: DIN A0 en posición vertical, con soporte rígido y fondo blanco, para obras de nueva edificación o de rehabilitación
  • modelo 2: DIN A3 en posición vertical, adhesivo, para obras de acondicionamiento de locales
  • modelo 3: 10x14 cm, para obras menores.

La información que debe mostrarse es la siguiente:
  • tipo de licencia municipal
  • número de expediente
  • tipo de obra y título del proyecto
  • en su caso, régimen de protección
  • situación
  • promotor
  • proyectista
  • constructor
  • director de obra
  • director de la ejecución de la obra
  • coordinador de seguridad y salud
  • fecha de concesión de la licencia
  • fecha de inicio y de finalización de los trabajos.

PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

miércoles, 16 de octubre de 2013

Licencias de obra en Estepona (XIV)

La licencia de obras en Estepona (XIV)

Actos a ejecutar. Concordancia. Empresas suministradoras. Comunicaciones.


En Estepona, cada solicitud de Licencia de obras debe definir suficientemente los actos de construcción, edificación o instalación que se pretende ejecutar, así como los usos del suelo y del subsuelo, por medio del documento oportuno que, cuando corresponda, será un proyecto técnico.

Resolución de concordancia

Si la Licencia de obras se ha obtenido mediante la presentación de Proyecto Básico, el inicio de la obra obliga a la presentación del correspondiente Proyecto de Ejecución, tras la cual el Ayuntamiento debe resolver respecto de la concordancia entre Proyecto Básico y Proyecto de ejecución. El Alcalde de Estepona, o bien el órgano en quien delegue, debe dictar y notificar la resolución de concordancia dentro del plazo de diez días contados desde la fecha de presentación del Proyecto de Ejecución y, de resultar favorable, habilitará la ejecución de las obras. Si se agota el plazo de diez días y sin que el Ayuntamiento haya notificado su resolución, las obras podrán iniciarse igualmente, siempre que el Proyecto de Ejecución incluya una declaración de concordancia debidamente visada por el colegio profesional que corresponda.

Obligaciones de las empresas suministradoras

Las empresas suministradoras de energía eléctrica, agua, gas o cualquier servicio energético, así como las empresas de servicios de telecomunicaciones, deben exigir, como condición para la contratación provisional de sus servicios, la acreditación de la obtención de la Licencia de obras.

Comunicaciones obligatorias

El titular de una Licencia de obra mayor debe comunicar al Ayuntamiento:
  • el inicio de las obras, así como la fecha de instalación de cada uno de los elementos auxiliares autorizados conjuntamente con la licencia
  • en el caso de obras de nueva edificación, el momento en que se alcance la terminación de la estructura a nivel de rasante, así como el momento en que se termine la estructura de la última planta proyectada
  • aquellas incidencias surgidas durante la realización de las obras que afecten a la vía pública o a las condiciones de la licencia
  • la interrupción de las obras, siempre que esté justificada y pueda dar lugar a que se sobrepase el plazo de ejecución establecido en la licencia
  • la finalización de las obras.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

Licencias de obra en Estepona (XIII)

La licencia de obras en Estepona (XIII)

Obligaciones materiales de los titulares de Licencias de obra


La Ordenanza municipal reguladora de la concesión de licencias urbanísticas en Estepona establece las siguientes obligaciones materiales para los titulares de Licencias de obra:
  • ajustar la ejecución de las obras al proyecto autorizado por la licencia, presentando, en su caso, las modificaciones practicadas en el mismo
  • garantizar, en su caso, la conversión de la parcela en solar, mediante la presentación de aval en la cuantía necesaria y del compromiso de ejecutar simultáneamente las obras de edificación y las de urbanización
  • en obras sobre edificios existentes que afecten de forma sustancial a la fachada, trasladar cuantos cables y conductores de suministros pueda haber montados sobre la misma a tubos o canalizaciones en vacío ubicados en el subsuelo de la acera o calzada colindante con la alineación oficial de la parcela, construyendo los correspondientes registros
  • en el caso de licencias de obra mayor de nueva edificación obtenidas en ámbitos de Suelo Urbanizable o Suelo Urbano No Consolidado en las que la obra de urbanización ejecutada simultáneamente implique su transformación en Suelo Urbano Consolidado, las garantías adicionales previstas, incluida la constitución de aval que garantice suficientemente el coste de ejecución de las obras de urbanización pendientes, deberá formalizarse con carácter previo a la comunicación del inicio de las obras
  • colocar un cartel informativo de las principales características de las obras, de su alcance, de su desarrollo, de los agentes que intervienen, de la fecha de la licencia concedida, del número del expediente y del plazo de ejecución, visible desde la vía pública para garantizar el efectivo y preciso reconocimiento por los ciudadanos de que la intervención cuenta con la preceptiva aprobación, autorización o licencia, y mantenerlo en buenas condiciones mientras dure la intervención
  • disponer siempre en la obra de copia de la Licencia de edificación concedida
  • adoptar cuantas medidas de seguridad y salud laboral establezca la normativa vigente, tanto respecto a la edificación como a la vía pública
  • reparar los desperfectos que la ejecución de las obras pueda causar en la vía publica, constituyendo garantía suficiente al efecto
  • retirar, en un plazo no superior a 5 días desde la finalización de las obras, los materiales sobrantes, andamios, vallas y cerramientos.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

martes, 15 de octubre de 2013

Licencias de obra en Estepona (XII)

La licencia de obras en Estepona (XII)

Rehabilitación, transmisión y modificación de licencias


Cuando una Licencia de obras caduca, el titular o sus causahabientes pueden volver a solicitar licencia para la ejecución de las obras pendientes, la cual deberá estar adaptada al planeamiento que esté vigente en el momento de la nueva solicitud. Junto con la nueva solicitud puede presentarse el mismo proyecto que se presentó junto con la solicitud anterior, siempre que esté debidamente actualizado, o bien puede presentarse un nuevo proyecto que contemple sólo las obras necesarias para terminar.

Transmisión de licencias de obra

En Estepona, las Licencias de obras son transmisibles. Para ejecutar la transmisión, el adquirente y el transmitente deben presentar en el Ayuntamiento una comunicación suscrita por ambos, expresiva del compromiso por el adquirente de ejecutar las obras conforme al contenido de la Licencia obtenida y al del proyecto técnico autorizado. Junto con la comunicación se debe presentar título jurídico en el que se fundamente la transmisión. La notificación del titular anterior puede ser sustituida por el documento público o privado que acredite la transmisión “intervivos” o “mortis causa”, bien de la propia licencia o bien de la propiedad del inmueble, siempre que la transmisión incluya la licencia. Si la licencia se haya condicionada por aval o cualquier otro tipo de garantía, la transmisión sólo se entenderá autorizada cuando el nuevo titular constituya las mismas garantías. Si las obras se encuentran ya en ejecución, la comunicación debe acompañarse con un acta en el que se especifique el estado en que se encuentran las mismas, suscrita de conformidad por ambas partes y por el técnico Director de la obra. Presentada toda la documentación necesaria, el procedimiento de autorización de la transmisión requerirá informe técnico y jurídico del Departamento de planeamiento y licencias, en relación con la documentación aportada, con la obra en ejecución y con el cumplimiento de plazos.

Modificación de licencias de obra

Las alteraciones que se pretenda introducir durante la ejecución material de las obras requieren la expresa modificación de la licencia obtenida, a no ser que se trate de meras especificaciones constructivas o de desarrollos interpretativos del proyecto. Los desarrollos interpretativos no incluidos en el proyecto aprobado ni en las condiciones particulares de la licencia de obras pueden acreditarse en el proyecto final de las obras.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

lunes, 14 de octubre de 2013

Licencias de obra en Estepona (XI)

La licencia de obras en Estepona (XI)

Vigencia, caducidad y prórrogas. Comunicación de inicio. Licencias provisionales. Suministros.


Si la licencia de obras se obtiene por silencio administrativo, o bien se obtiene expresamente pero sin expresión de plazos de vigencia, se considerará los siguientes plazos:
  • seis meses para el inicio de las obras
  • tres años para la terminación.

Si la Licencia de obras está sometida a cautelas arqueológicas, el plazo para el inicio comenzará a computar a partir de la liberación de las medidas cautelares impuestas por la Administración competente.

Caducidad de las licencias

La Administración urbanística municipal de Estepona, previa audiencia al interesado, declarará caducadas las licencias que no comiencen o bien finalicen las obras dentro de los plazos previstos, a no ser que concurra causa no imputable al titular de la licencia. La declaración de caducidad extingue la licencia y obliga a solicitar y obtener una nueva si se desea proseguir las obras.

Prórrogas

Si se da causa justificada, se puede obtener una sola prórroga para los plazos de vigencia una Licencia de obras, por tiempo no superior al inicialmente acordado y previa solicitud expresa, siempre anterior a la expiración de los plazos inicialmente concedidos. La obtención de prórroga del plazo para comenzar las obras no comporta por sí misma prórroga para el plazo de terminación. Si no se cuenta con prórroga anterior y se ha alcanzado ya la última fase, se puede obtener una prórroga definitiva por plazo adecuado no superior a seis meses.

Comunicación del inicio de las obras

El titular de la Licencia de obras debe comunicar al Ayuntamiento de Estepona la fecha de iniciación de las mismas, así como la fecha de instalación de cada uno de los elementos auxiliares autorizados conjuntamente. Si la Licencia de obras ha sido concedida con Proyecto Básico, junto con la comunicación debe entregarse Proyecto de Ejecución y demás documentación aneja vinculada. Si las obras son de nueva edificación, la comunicación del inicio de las obras debe acompañarse del Acta de replanteo, firmado por la Dirección facultativa.

La licencia de obras y el suministro de servicios

En Estepona, la contratación provisional de los servicios de energía eléctrica, agua, gas y telecomunicaciones requiere la acreditación, ante las empresas suministradoras, de la obtención de la Licencia de obras.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA














Daniel Trujillano, arquitecto

martes, 27 de agosto de 2013

Licencias de obra en Estepona (X)

La licencia de obras en Estepona (X)

Inicio de obra mayor de nueva edificación. Licencias provisionales. Otras actuaciones.


En obras de nueva edificación, la comunicación del inicio de las obras debe acompañarse del Acta de replanteo, debidamente firmada por el promotor, el constructor y la dirección facultativa. El Acta de replanteo debe declarar la conformidad con la tira de cuerdas incluida en la licencia urbanística.

Licencia de obras provisionales

El Ayuntamiento de Estepona puede otorgar licencia para el desarrollo de usos u obras provisionales no previstas en el correspondiente instrumento de planeamiento, siempre que no dificulte la ejecución del mismo. La licencia de obras provisionales tiene por objeto comprobar que dichas obras no están expresamente prohibidas por la legislación urbanística o sectorial, y tampoco por el planeamiento general. Tienen acceso al Registro de la propiedad y no generan derecho a indemnización en el caso de ser necesario el cese del uso o la demolición de las obras a requerimiento municipal. Para garantizar la ausencia de costes para el municipio en el caso de que el interesado no ejecutase la demolición de las obras o la erradicación de los usos, el Ayuntamiento puede exigir la presentación previa de un aval por la cuantía que resulte de la valoración del coste de dicha demolición o erradicación.

Otras actuaciones urbanísticas

Aparte de las obras que se incluyen en proyectos de urbanización o de edificación, la Ordenanza municipal reguladora de la concesión de licencias urbanísticas en Estepona define otras actuaciones urbanísticas, las cuales se integran en los siguientes grupos:
  • obras civiles singulares, como las de construcción o instalación de piezas de arquitectura o ingeniería civil, esculturas ornamentales, puentes, pasarelas, muros, monumentos, fuentes o elementos urbanos similares
  • actuaciones estables, como pueden ser los movimientos de tierra, la desecación de zonas húmedas o el depósito de residuos, siempre que se trate de operaciones ajenas a intervenciones de urbanización o edificación.
La obtención de licencia para este tipo de actuaciones urbanísticas requiere que el interesado acredite documentalmente la previa constitución de fianzas en garantía de:
  • reposición de pavimentos
  • eliminación de cables de suministros
  • demás obligaciones de limpieza y reparación de desperfectos producidos por las obras
  • en general, el cumplimiento íntegro de los deberes de urbanización señalados en la LOUA.
PROYECTOS DE EDIFICACION EN ESTEPONA















Daniel Trujillano, arquitecto