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SAFO en Andalucía (II)
Documentación. Instrucción. Resolución. Régimen.
El inicio del procedimiento requiere el aporte de documentación que reúna los datos siguientes:
- identificación registral y catastral del inmueble
- situación y emplazamiento georreferenciado
- fecha acreditada de terminación de las obras
- certificación técnica del cumplimiento de las condiciones exigibles de seguridad y salubridad.
Instrucción del procedimiento
Cuando un Ayuntamiento recibe la documentación necesaria para iniciar un procedimiento de reconocimiento de SAFO debe proceder como sigue:
- solicitud de informes administrativos que acrediten la existencia o ausencia de expedientes sancionadores o de salvaguarda de la legalidad
- emisión de informe técnico y jurídico en relación con la documentación aportada
- si procede, orden de ejecución de obras necesarias para alcanzar las condiciones exigibles de seguridad, salubridad, ornato público y/o protección del paisaje
- si procede, orden de ejecución de las medidas necesarias para evitar o reducir riesgos ciertos
- si procede, y tras la ejecución de todas las obras y medidas ordenadas, resolución del reconocimiento de SAFO.
La ejecución de obras y medidas ordenadas debe acreditarse mediante el aporte de Certificados descriptivos y gráficos suscritos por técnicos competentes, con carácter previo a la resolución del procedimiento. En cualquier caso, el plazo máximo para resolver es de 6 meses, con silencio administrativo negativo.
Contenido de la resolución
Una resolución favorable de reconocimiento de SAFO debe contener:
- la identificación del inmueble
- reconocimiento expreso de que ha expirado el plazo para la adopción de medidas de protección de la legalidad y restablecimiento del orden jurídico perturbado
- reconocimiento de que el inmueble reúne las condiciones exigibles de seguridad y salubridad
- relación de servicios básicos disponibles, y condiciones aplicables a los suministros
- identificación de posibles procedimientos penales en curso
- régimen jurídico aplicable a la edificación.
Por otra parte, una resolución desfavorable debe contener:
- causas que motivan la resolución denegatoria
- régimen aplicable a la edificación como resultado de su situación asimilada a fuera de ordenación no declarada.
Régimen de SAFO declarada
Cuando se reconoce la SAFO de una edificación irregular, la misma pasa a estar en un régimen caracterizado por las siguientes circunstancias:
- la edificación no pasa a estar legalizada y no puede recibir Licencia de ocupación
- se reconoce que el inmueble es apto para su uso, pero no se presupone el cumplimiento de las condiciones exigibles a las actividades que se desarrollen en él
- sólo se permite la ejecución de aquellas obras de conservación que resulten necesarias para el mantenimiento de las condiciones exigibles de seguridad y salubridad
- sólo se permite la ejecución de aquellas obras de infraestructura que resulten necesarias para la acometida a las redes disponibles de saneamiento, abastecimiento de agua y electricidad
- se permite la ejecución de instalaciones autónomas siempre que su propósito sea proporcionar acceso a servicios básicos, que sean ambientalmente sostenibles y que vengan a resolver la carencia de alguna infraestructura.
Arquitecto Daniel Trujillano
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